Declaración Jurada de Apoyo

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La Declaración Jurada de Apoyo es un documento firmado para aceptar responsabilidad financiera por un cónyuge beneficiario de una tarjeta de residencia. También es conocida como el Formulario I-864.

Para simplificar, llamaremos a la persona que firma la Declaración Jurada de Apoyo el “patrocinador económico”. Normalmente, suele ocurrir que el patrocinador económico es el mismo individuo que el cónyuge patrocinador.

¿Cómo funciona una Declaración Jurada de Apoyo?

Este documento le demuestra al Gobierno de los Estados Unidos que el solicitante no se verá obligado a pedir asistencia a los Programas de Bienestar del gobierno estadounidense mientras se encuentre en el país.

Muchos inmigrantes llegan a los Estados Unidos sin ingresos ni oferta de trabajo inmediata. Es posible que tenga medios limitados para mantenerse. Por esta razón, se puede requerir una Declaración Jurada de Apoyo para demostrar que estará cubierto financieramente por amigos o familiares mientras se establece en el país.

¿Cuáles son los requerimientos que debe cumplir un patrocinador económico?

La Declaración Jurada de Apoyo funciona como un contrato entre el patrocinador económico y el Gobierno de los Estados Unidos, donde este último tiene el derecho de recuperar cualquier tipo de apoyo social que el cónyuge beneficiario utilice luego de la obtención de la tarjeta de residencia. A continuación, te indicamos los requerimientos que se deben cumplir:

  1. Debe ser ciudadano estadounidense o residente permanente legal.
  2. Mayor de 18 años.
  3. Tener una dirección válida en los Estados Unidos y residir actualmente en el país.
  4. Tener ingresos anuales de por lo menos un 125% de las directrices federales de pobreza. Entre más individuos vivan en su hogar, mayores tendrán que ser sus ingresos para cumplir con los requerimientos.
  5. Puede utilizar sus bienes, además de los ingresos, para cumplir con los requerimientos. Los bienes pueden ser dinero en efectivo, acciones, bonos y propiedades.

Nota: Es posible que un familiar o un amigo le ayude a cumplir con los requerimientos de ingresos o bienes, si es que el cónyuge patrocinador no los cumple por sí solo. El cónyuge beneficiario también puede utilizar sus ingresos para cumplir con los requerimientos económicos, siempre y cuando provengan de la misma fuente luego de la obtención de la tarjeta de residencia.

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¿Qué evidencias necesito para probar mis ingresos, aparte de las Declaraciones de Impuestos?

Lo primero que necesita para probar sus ingresos es una declaración de un funcionario del banco u otras instituciones financieras con depósitos, identificando los siguientes detalles con respecto a la cuenta:

  • Fecha de apertura de la cuenta.
  • Monto total depositado durante el último año.
  • Declaración de su empleador donde exponga: Fecha y naturaleza del empleo, salario pagado y si la posición es temporal o permanente-

En caso de que trabaje por cuenta propia va a necesitar:

  • Copia de la última Declaración de Impuestos presentada.
  • Informe de calificación comercial

¿Quién necesita una Declaración Jurada de Apoyo?

  • Cualquier inmigrante que solicite una visa de inmigrante familiar inmediato, incluido el cónyuge, los hijos solteros menores de 21 años de edad y otros miembros de la familia que califiquen.
  • Quien solicite una visa de inmigrante basada en la familia, entre los que se incluyen: los hijos solteros, los hermanos de ciudadanos estadounidenses y los residentes permanentes.
  • Cualquier persona que solicite una visa de inmigrante basada en empleo cuando el peticionario es un ciudadano de los Estados Unidos, un Residente Permanente o un familiar que sea nacional de los Estados Unidos con 5% o más interés en la propiedad de la entidad solicitante.

¿Cuánto tiempo se tarda en procesar la Declaración Jurada de Apoyo?

Después de que el Centro Nacional de Visas (NVC, por sus siglas en inglés) recibe los documentos del USCIS, los procesa. Por lo general, tarda de 4 a 6 semanas su procesamiento.

¿Cuándo cesan las obligaciones financieras del patrocinador económico?

Las obligaciones financieras del patrocinador financiero finalizan cuando uno de las siguientes situaciones ocurre:

  • El fallecimiento de cualquiera de los cónyuges.
  • El cónyuge beneficiario se naturaliza.
  • El cónyuge beneficiario haya trabajado más de 40 trimestres en EE.UU.
  • El cónyuge beneficiario se mude de manera permanente, fuera de los Estados Unidos.

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