Parole Humanitario para Venezolanos: Lo que debes saber

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Es un nuevo programa dirigido a los venezolanos y a su familiares inmediatos para que ingresen a Estados Unidos de forma segura y ordenada. Este proceso permitirá la entrada de 24.000 aplicantes, quienes podrán vivir y trabajar legalmente por dos años en territorio estadounidense.

Las personas que deseen participar en este proceso deben tener un patrocinante en Estados Unidos que acepte proporcionarles apoyo económico durante su permiso de permanencia temporal.

Este proceso es gratuito ni la persona de apoyo, ni el beneficiario tienen que pagarle una tarifa al gobierno de Estados Unidos.

¿Quienes se pueden beneficiar de este programa?

Este programa está dirigido únicamente a Venezolanos, también podrás ser beneficiario si eres cónyuge, pareja de hecho o hijo soltero menos de 21 años y viajar con un venezolano elegible.

Requisitos necesarios para los beneficiarios

Para poder ser considerado para la autorización adelantada para viajar a Estados Unidos bajo este proceso, el beneficiario debe:

  • Poseer un pasaporte válido para viaje internacional.
  • Estar fuera de Estados Unidos.
  • Tener una persona de apoyo en Estados Unidos que haya presentado un Formulario I-134 a nombre del beneficiario, que USCIS haya investigado y confirmado.
  • Proporcionar su propio boleto de avión a Estados Unidos.
  • Someterse y pasar las verificaciones e investigaciones requeridas.
  • No ser un residente permanente o tener doble nacionalidad de cualquier país que no sea Venezuela, y no tener actualmente estatus de refugiado en cualquier otro país. Este requisito no aplica a los familiares inmediatos (cónyuge, pareja de hecho, o hijo soltero menor de 21 años de edad) de viajar con un nacional venezolano elegible.
  • No ser un menor no acompañado.
  • Menores de 18 años deben viajar a Estados Unidos en cuidado y custodia de su padre o tutor legal.
  • No haberse ordenado su remoción de Estados Unidos en los últimos cinco años ni estar sujeto a un veto basado en una orden de remoción anterior.
  • No haber cruzado de manera irregular a Estados Unidos entre puertos de entrada después del 19 de octubre de 2022.
  • No haber cruzado las fronteras mexicanas o panameñas de manera ilegal después del 19 de octubre de 2022.
  • Cumplir con todos los demás requisitos, incluidos los requisitos de vacunación y otros requisitos de salud pública.
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¿Quién puede ser su patrocinante en este proceso?

  • Ciudadanos o nacionales de Estados Unidos.
  • Residentes permanentes legales, residentes temporales legales, y residentes permanentes condicionales.
  • No inmigrantes con estatus legal (es decir, quienes mantienen el estatus de no inmigrante y no han violado ninguno de los términos o condiciones del estatus de no inmigrante).
  • Asilados, refugiados y personas con permiso de permanencia temporal (paroles).
  • Titulares de Estatus de Protección Temporal (TPS).
  • Beneficiarios de acción diferida (incluida la acción diferida para los llegados en la infancia) o de Salida Forzosa Diferida.

¿Qué debe hacer la persona que patrocina?

Las personas de apoyo que están en Estados Unidos deben iniciar una solicitud con USCIS a nombre del nacional venezolano o del nacional venezolano y sus familiares inmediatos, mediante el envío del Formulario I-134 a USCIS por cada beneficiario, incluidos los hijos menores de edad.

Las personas de apoyo que presenten el Formulario I-134 a nombre de un beneficiario bajo el proceso para venezolanos deben estar dispuestos y ser capaces de recibir, mantener y apoyar al beneficiario que figura en el Formulario I-134 durante la duración de su permiso de permanencia temporal.

Las personas de apoyo deben tener la capacidad de poder cumplir con lo siguiente:

  • Recibir al beneficiario a su llegada a Estados Unidos y transportarlo a la vivienda inicial.
  • Asegurarse que el beneficiario tenga una vivienda segura y adecuada durante la duración de su permiso de permanencia temporal y sus necesidades básicas iniciales.
  • Según corresponda, ayudar al beneficiario a completar la documentación necesaria, como por ejemplo para la autorización de empleo, para una tarjeta de Seguro Social y para los servicios para los que pueden ser elegibles.
  • Asegurarse que se satisfagan las necesidades médicas y de atención médica del beneficiario durante la duración del permiso de permanencia temporal.
  • Según corresponda, ayudar al beneficiario a acceder a la educación, aprender inglés, asegurar un empleo e inscribir los niños en la escuela.

¿Cómo es el proceso?

La persona que te patrocina en Estados Unidos es quien debe completar y entregar el formulario I-134 con USCI a nombre de un beneficiario venezolano e incluir información sobre ellos y detalles de contacto, como la dirección de correo electrónico. Los beneficiarios no pueden presentar una solicitud directamente para este proceso.

Una vez evaluado el formulario y se considere que este es suficiente, enviarán al beneficiario información sobre el siguiente paso para obtener la autorización de viaje a Estados Unidos.

Cuando el beneficiario del programa reciba su autorización de viaje debe hacer los arreglos para viajar a Estados Unidos, para esto tendrá un tiempo máximo de 90 días. En el momento de ingresar a Estados Unidos serán inspeccionados y considerados para el permiso de permanencia temporal. Es importante resaltar que el ingreso debe ser por vía aérea, aquellos que intenten ingresar en puertos de entrada terrestre se le denegará la entrada.

6 pasos claves en el proceso

1. Patrocinio económico.

La persona que vive legalmente en los Estados Unidos presenta el formulario I-134, declarando el patrocinio económico, debe iniciar el proceso en línea a través del portal MyUSCIS. USCIS luego investigará al solicitante para garantizar que puede apoyar económicamente al beneficiario y protegerlo contra la explotación y el abuso.

2. Enviar información biográfica.

Si USCIS autoriza al patrocinante, el beneficiario recibirá un correo electrónico sobre como crear una cuenta en MyUSCIS e instrucciones sobre los próximos pasos. El beneficiario debe confirmar su información biográfica y certificar que cumple con los requisitos de salud pública y vacunación.

3. Enviar la petición en la aplicación Móvil CBP One.

Después de cumplir con el paso anterior, el beneficiario recibirá instrucciones a través de MyUSCIS sobre como acceder a la aplicación móvil CBP One, en la que debe ingresar su información biográfica y proporcionar una foto.

4. Autorización adelantada de viaje a Estados Unidos.

Culminado el paso 3 recibirá una notificación en su cuenta que confirmará si ha sido autorizado para viajar a Estados Unidos y de esta manera poder obtener su permiso de permanencia temporal. En caso de ser aprobada esta autorización es válida por 90 días.

5. Obtener permiso de permanencia temporal en el Puerto de Entrada.

Cuando el beneficiario llega a un puerto de entrada, CBP lo inspeccionará y lo considerará para el permiso de permanencia temporal, según cada caso individual. Como parte de la inspección, los beneficiarios serán sometidos a verificaciones e investigaciones adicionales, que incluirán una investigación biométrica adicional de huellas dactilares consistente con el proceso de inspección de CBP.

6. Permiso de Permanencia Temporal.

Aquellas personas a quienes se les otorga el permiso de permanencia temporal de conformidad con este proceso recibirán el permiso por un periodo de hasta dos años, sujeto a los requisitos de salud e investigaciones, y será elegible para solicitar la autorización de empleo bajo las regulaciones existentes.

¿Qué pasa si determinan que el formulario I-134 no es suficiente?

El beneficiario recibirá un correo electrónico de USCIS notificándole que el Formulario I-134 presentado en su nombre es insuficiente. Sin embargo, la persona de apoyo en Estados Unidos puede presentar un nuevo Formulario I-134, o una persona de apoyo diferente puede presentar un Formulario I-134 a nombre del beneficiario.

Fuentes de la información

Servicio de Ciudadanía e Inmigración de los Estados Unidos (USCIS, por sus siglas en inglés)

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