Qué sucede con tu caso si la persona que te pidió fallece

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Cuando muere la persona que te ha solicitado, ya no hay patrocinador para la Declaración de Sostenimiento, lo cual desencadena una situación que puede traer serias consecuencias en el resultado de tu petición de visa.

Podemos determinar 3 posibles situaciones, las cuales vamos a mostrar a continuar.

Si el peticionario fallece antes de que hayas emigrado a los Estados Unidos

En este caso, la petición se anula automáticamente, lo cual implica que el Oficial Consular no podrá emitir una visa a ninguno de los beneficiarios y tendrá que devolver la petición al Departamento de Seguridad Nacional de los Estados Unidos (DHS, por sus siglas en inglés).

Si existen circunstancias humanitarias fuertes, puedes comunicarte con la Oficina de Seguridad Nacional que aprobó tu petición para solicitar que sea restablecida por razones humanitarias bajo la sección 205. También es viable que el Oficial Consular emita una recomendación, solicitando que se restablezca la petición por razones humanitarias. Si es restablecida, el Oficial Consular te contactará.

Si eres el beneficiario principal y ya has emigrado a los Estados Unidos

En este caso, puedes calificar para reactivar el caso bajo la sección de la Ley de Inmigracion 204(I). Los requisitos para que puedas solicitar a Inmigración continuar con tu caso son:

  • La petición tiene que estar aprobada.
  • Haber vivido en los Estados Unidos en el momento en que falleció el peticionario.
  • Tener un familiar patrocinador sustituto cercano que este dispuesto a darte su firma.

Cuando ya eres un Residente Legal Permanente en el momento en que fallece el peticionario, la situación cambia, ya que los solicitantes derivados son elegibles para solicitar visas de residencia. En este caso, los documentos normalmente provistos por el peticionario, como la Declaración de Sostenimiento y las Declaraciones Federales de Impuestos de los Estados Unidos, entre otros, debes proveerlos tú como beneficiario principal.

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Si el peticionario fallecido era tu cónyuge ciudadano 

En este caso, la petición se convierte automáticamente en una petición de viuda y el caso continua.

Si te encuentras en los Estados Unidos sin estatus, podrías obtener un perdón automáticamente, siendo la muerte del peticionario la base del mismo.

Si no te había pedido, puedes “auto pedirte” y arreglar tu estatus migratorio, pero si necesitas un perdón no podrás obtenerlo si la petición no había sido archivada antes de la muerte.

Como verás, cada situación es distinta, cada caso es único en sus circunstancias, razón por la cual lo más recomendable es que busques ayuda profesional, que te asesore en todo y te muestre el mejor camino a seguir.

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