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Requisitos para la cancelación de la deportación

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Recibir una notificación de una orden de deportación puede ser devastador para muchas personas, particularmente cuando dejan familias e hijos en el país. Sin embargo, hay un camino: la cancelación de la deportación, que es una de las formas de alivio que pueden solicitar los inmigrantes para evitar su expulsión de los Estados Unidos.

Esta medida de gracia es también conocida como la Ley de los 10 Años y la pueden solicitar tanto los residentes permanentes legales, como los no residentes, incluidos los indocumentados. En cada caso, los requisitos son distintos.

A continuación, vamos a profundizar en esta útil temática para que conozcan este recurso legal tan valioso.

¿Cuáles son los requisitos exigidos para un residente permanente legal?

Los residentes permanentes pueden solicitar la cancelación de la deportación cuando se cumplen los siguientes requisitos:

  • Haber vivido en Estados Unidos por 7 años consecutivos como residente legal.
  • No haber sido arrestado y condenado por ningún delito en los primeros 5 años de residencia.

¿Cuáles son los requisitos exigidos para un no residente?

En este caso, se deben cumplir los siguientes requisitos en su totalidad:

  • Haber vivido en Estados Unidos por lo menos, 10 años de manera continua.
  • Tener abierto un proceso de deportación.
  • No haber sido condenado por ningún delito.
  • Haber sido una persona de buen carácter moral por lo menos, en los 10 años anteriores al inicio del procedimiento de deportación.
  • Ser padre o madre de un menor de 21 años, cónyuge, hijo o hija de un ciudadano estadounidense o de un residente permanente legal, siempre y cuando la expulsión del inmigrante pueda provocar extrema dureza al familiar inmediato que está en el país legalmente. Este punto hay que probarlo documentalmente.
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¿Cuáles documentos sirven para probar presencia en los Estados Unidos?

Para los inmigrantes indocumentados resulta mucho más difícil probar que se ha vivido en Estados Unidos.

Los siguientes documentos pueden servir para probar la presencia en territorio americano:

  • Copia del pago de impuestos.
  • Récords de la escuela de los hijos.
  • Evidencia de propiedad o activos en los Estados Unidos.
  • Pago de hipotecas, rentas, utilities, cable, teléfono, etc.
  • Extractos bancarios o de inversión.
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¿En cuales situaciones los inmigrantes no pueden optar por solicitar la cancelación de la deportación?

Los inmigrantes que presenten las siguientes situaciones no pueden utilizar este recurso:

  • Quienes ya se hayan beneficiado anteriormente de una cancelación de la deportación.
  • El caso particular de las victimas de violencia doméstica.
  • Quienes entraron a EE.UU. como miembro de una tripulación (Visa C1/D)
  • Haber estado en territorio americano bajo el amparo de un Programa de Intercambio (Visa J) cuando no se ha cumplido la obligación de salir de Estados Unidos a su terminación y pasar un mínimo de 2 años en el extranjero.
  • Quienes hayan participado de cualquier forma en la persecución de otras personas.

¿Cuáles son los trámites para la cancelación de la deportación?

  1. Una vez este en marcha el proceso de deportación, debe llenar el Formulario EOIR 42 – A para el caso de residentes permanentes o el Formulario EOIR 42 – B si se trata de inmigrantes indocumentados.
  2. Cancelar la cuota establecida por el USCIS.
  3. Preparar el caso estudiando qué se va a declarar, qué documentos se van a presentar, qué declaraciones juradas de apoyo son convenientes y qué testigos van a presentarse en la Corte.

Dec Declaración Jurada de Apoyo

¿Qué puede suceder en la Corte Migratoria?

El Juez es totalmente libre para decidir si concede la cancelación de la deportación o no.

Si la concede, el inmigrante será un residente permanente legal.

Si no se cancela la deportación, el inmigrante deberá abandonar los Estados Unidos.

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